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Mostrando las entradas etiquetadas como Infracciones

Subsanación de obligaciones omitidas en Seguridad y salud

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  Seguridad y salud en el trabajo   Si he omitido una obligacion  y ya subsano antes de una fiscalizacion  ¿ Tengo una sanción  ? Depende  Si ha causado un perjuicio  al trabajador   , esa omisión  se convierte  en insubsanable.  Ejemplo : Permitir  que trabajador maneje  una máquina  sin capacitación y se accidenta.  Es insubsanable  , pues con la corrección  ( capacitar al trabajador  ) , no se corregida los daño del accidente  al trabajador.  Si esa omisión no ha causado un perjuicio ,  puede ser subsanado. Por lo que no habría una sanción   Ejemplo: Se detecta que un trabajador  está  operando una máquina  sin capacitación  ,  y se corrige. Esta seria subsanado. Boletin ABC Seguridad y Salud en el Trabajo  : Diciembre 2023 Leer aqui

Se perdio el libro de actas del comite de seguridad y salud

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El caso : Una empresa inspeccionada fue sancionada por no acreditar la existencia del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. En su defensa, alegó que no había podido sustentar el registro del accidente materia de inspección porque antes de que ocurriera, el Libro de Actas se había extraviado. Presentó como prueba de la pérdida la copia de la  denuncia policial. ¿ Que dice la ley? : Conforme al art. 27, num.27.12 del RLGIT, constituye infracción grave no constituir o no designar a uno o varios trabajadores para participar como supervisor o miembro del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como no proporcionarles formación y capacitación adecuada. Accionar de la SUNAFIL La Sunafil le imputó la comisión de la infracción tipificada en el art. 27, num.27.12 del RLGIT. Pregunta  ¿La copia de la denuncia policial es prueba suficiente para eximir de responsabilidad al empleador por la infracción imputada? Fallo: No. Si bien en la copia de la denuncia policial

Accidente por falta de capacitación en riesgos laborales

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Pregunta: ¿Se vulnera el “Principio de formación y capacitación” si el trabajador no fue capacitado respecto de los riesgos y peligros de la actividad que ocasionó el accidente de trabajo? Fallo : Sí. Si el trabajador sufre un accidente de trabajo, el empleador debe acreditar que aquél fue capacitado respecto de los riesgos y peligros de la actividad causante del accidente. ¿ Pero , el empleador si lo capacito en diversos temas de seguridad , ejemplo : La ley de segiridad y salud en el trabajo , el comite de seguridad , el uso de extintores? El hecho de que haya sido capacitado en temas de seguridad diversos, no libera al empleador de la responsabilidad por incumplir el mencionado principio. ¿ Que infracción en seguridad y salud en el trabajo se ha cometido? El incumplimiento del principio de capacitación y formación configura la infracción tipificada en el RLGIT, art. 27, num. 27.8. Fuente :Res. 185-2016-SUNAFIL/ILM/SIRE3 de 1-8-2016 ______________________________

Accidente de trabajo por mal mantenimiento de los equipos

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Un trabajador sufrió un accidente debido a que el volquete que conducía tenía los neumáticos desgastados. Accionar de la SUNAFIL : La Sunafil sancionó al empleador (una empresa minera) por no contar con las condiciones de seguridad adecuadas para el cumplimiento de labores (RLGIT, art. 28, num.28.10). Respuesta del empleador : El empleador alegó que no podía ser sancionado por la Sunafil, pues se trataba del incumplimiento de una obligación cuya fiscalización  era de competencia de Osinerming, al amparo de lo establecido en el art. 364 del D.S. 055-2010-EM (obligaciones relacionadas con el mantenimiento, protección y uso de maquinarias, equipos y herramientas). La duda ¿La Sunafil tiene competencia para determinar el incumplimiento de una obligación cuya fiscalización es de cargo de Osinerming? Fallo : Sí, en tanto el incumplimiento detectado (falta de mantenimiento) constituya la causa inmediata del accidente de trabajo. Para precisar :: La Sunafil determinó que el

Multas al trabajador por no cumplir normas seguridad y salud

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Facultad sancionadora del empleador: ¿El empleador puede establecer infracciones sancionables con multa a sus trabajadores por el incumplimiento de normas de Seguridad y Salud en el Trabajo? En una empresa Juan es multado por la empresa por usar sus guantes de seguridad ( se desempeña como soldador en el area de acabados) . Dicha multa equivale al 30 % de su remuneración mensual. ¿ Es legal esta multa?   No. Las únicas sanciones que el   empleador puede aplicar son de carácter disciplinario . (D.S. 003-97-TR, art. 9), las cuales pueden ser de tres tipos: Amonestación (escrita o verbal), suspensión temporal sin goce de haber y despido. Siguiendo el caso de Juan ,o mas que puede hacer la empresa es amonestarlo por escrito o suspenderlo , segun la gravedad del caso. ¿ Por que ?   Lo señalado se sustenta en que la remuneración es intangible, es decir, no puede sufrir disminución o descuento, salvo en los casos permitidos por ley (alimentos, vivienda, cuotas sindicales,

Multa administrativa por incumplir normas sobre seguridad en el trabajo

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Su empresa ha sido objeto de una inspección laboral. Durante el desarrollo de la misma el inspector del trabajo detecta varias omisiones a las normas sobre seguridad y salud vigentes . Por diversas razones , su empresa recibirá una multa por dichas omisiones. ¿ Cuales son los criterios para la imposición de sanción por incumplir las normas sobre seguridad y salud en el trabajo? En el caso de la imposición de sanciones de seguridad y salud en el trabajo se consideran los siguientes criterios: a.-Peligrosidad de las actividades y el carácter permanente o transitorio de los riesgos inherentes a las mismas. Ejemplo : Tener personal laborando en una zona donde se funde metal a mas de 300 grados sin haber realizado su análisis de riesgos y peor aun sin equipo de protección personal . b.-La gravedad de los daños producidos en los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales o que hubieran podido producirse por la ausencia o deficiencia de las medidas prevent

Organo SUNAFIL resuelve infracciones en seguridad empresas mineras

Asignan a las sub intendencias de resolucion de la intendencia de Lima Metropolitana la facultad de iniciar y conducir el procedimiento administrativo sancionador sobre las normas de seguridad y salud en el trabajo de las actividades de energia y minas , y a la intendendica de Lima Metropolitana la facultad de resolver en segunda instancia , el procedimiento administrativo sancionador , asi como recursos de queja por denegatoria del recurso de apelacion. Norma : Res 104-2014-SUNAFIL Publicado : 17/12/2014 Vigencia : 18/12/2014 ======================== La sub intendencia de resolucion de la intendencia de Lima Metropolitana es responsable de resolver en primera instancia el procedimiento adminstrativo sancionador , y emitir resoluciones y otros actos administrativos . Ademas , la intedencia de Lima Metropolitana es responsable de resolver en segunda instancia el procedimiento adminstrativo sancionador , asi como los recursos de quejas por denegatoria del recurso de apelacion Para recor

criterios para aplicar una sancion por infraccion en seguridad

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Criterios que aplica el Ministerio de trabajo ante una infracción de las medidas seguridad y salud en el trabajo. Los criterios que se tienen en consideración son : a.- la ausencia o deficiencia de las medidas de prevención. Ejemplo : No entregar cascos de seguridad para el personal en obras de construcción.   b.- Exponer a los trabajadores a situaciones de riesgo , sin haber tomado las medidas de seguridad correspondientes. Ejemplo : Situaciones muy comun en las mypes de construcciones metalicas , al exponer a su personal de caidas de alto nivel sin contar con los equipos de seguridad minimo. c.- El incumplimiento injusticado de las obligaciones , reiterada resistencai o deliberada omisiób de las normas o procedimientos vigentes en cada empresa. Ejemplo : El no contar con el reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo , a pesar que el comite de segurida lo ha venido solicitando a la empresa en reiteradas ocasiones. d.- El incumplimiento de las medidas d

Sanciones Penales

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Sanciones penales al Empleador por incumplimiento de normas seguridad y salud en el trabajo No cumplir con las normas preventivas de seguridad y salud en el trabajo originado como resultado de dicha omisión lesiones graves o muerte del trabajador. Pena privativa de libertad que va entre 02 a 05 años . Pudiendo llegar a 10 años.